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Reprogramación de deudas: Buenos pagadores tendrán garantía del Estado

La ley para la reprogramación de deudas fue publicada en el Diario El Peruano el jueves 8 de octubre. En la misma, se sustenta de cómo se llevará a cabo este proceso y el Gobierno creará  el Programa de Garantías COVID-19.

Las personas naturales o mypes que tendrán la garantía del Estado deberán cumplir con ciertos requisitos, como no tener una deuda que no supera los S/ 10 mil y ser buenos pagadores. (Foto: Ticbeat)

  • Por Jeylen Mixan Portocarrero

Ayer se publicó la norma, que sustenta la garantía para reducir el monto de créditos, tanto para personas naturales, micro y pequeñas empresas (mypes); sin embargo, la misma indica que este beneficio será para los que tengan una deuda de hasta S/ 10 mil y, que fueron buenos pagadores. De no cumplir con dichos requisitos no podrán tener la garantía del Estado para reducir el costo de sus créditos.

 

Cabe mencionar, la mencionada reducción está en el rango de 40% y 80% respectivamente. Las entidades financieras serán las encargadas de la evaluación y estás deberán reducir el costo de los créditos entre 15 y 25%, con lo cual los usuarios pueden entrar en el beneficio de garantía por el Estado.

 

La norma reciente también indica, que las personas naturales con negocios que accedieron a Reactiva Perú o uno de los  FAE (mype, turismo y agro), quedarán excluidas. Asimismo, precisa que las deudas originales de hasta S/250 mil de hipotecarios (no Mivivienda)  y hasta de S/50 mil de vehiculares, tendrán el beneficio.

 

También figurarán las mypes que hasta el 31 de agosto, no hayan superado los S/ 20 mil en créditos. Además, sustenta que los créditos garantizados son los de consumo, personales, hipotecarios, vehiculares y los mypes.

 

El profesor de Pacifico Business School, Jorge Carrillo Acosta, en diálogo con diario Correo mencionó “el beneficio que otorga la norma es a quienes, hasta el 29 de febrero del 2020 eran considerados como buen pagador, es decir, tenían calificación normal (8 días de retraso), o CPP (cliente con problemas potenciales) por retrasos de pago de entre 9 y 30 días”.

 

Por último, para la reprogramación de los créditos será desde un plazo mínimo de seis meses y un máximo de 36 meses, incluyendo el período de gracia. Además, las personas naturales y mypes deberán presentar documentación verídica, de suceder lo contrario serán excluidos. 

 

J.M.P