La ley para la reprogramación de deudas fue publicada en el Diario El Peruano el jueves 8 de octubre. En la misma, se sustenta de cómo se llevará a cabo este proceso y el Gobierno creará el Programa de Garantías COVID-19.
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Las personas
naturales o mypes que tendrán la garantía del Estado deberán cumplir con
ciertos requisitos, como no tener una deuda que no supera los S/ 10 mil y ser
buenos pagadores. (Foto: Ticbeat)
- Por Jeylen Mixan Portocarrero
Ayer
se publicó la norma, que sustenta la
garantía para reducir el monto de créditos, tanto para personas naturales,
micro y pequeñas empresas (mypes); sin embargo, la misma indica que este
beneficio será para los que tengan una
deuda de hasta S/ 10 mil y, que fueron buenos pagadores. De no cumplir con
dichos requisitos no podrán tener la
garantía del Estado para reducir el costo de sus créditos.
Cabe
mencionar, la mencionada reducción está
en el rango de 40% y 80% respectivamente. Las entidades financieras serán
las encargadas de la evaluación y estás deberán
reducir el costo de los créditos entre 15 y 25%, con lo cual los usuarios
pueden entrar en el beneficio de garantía por el Estado.
La
norma reciente también indica, que las
personas naturales con negocios que accedieron a Reactiva Perú o uno de
los FAE (mype, turismo y agro),
quedarán excluidas. Asimismo, precisa que las
deudas originales de hasta S/250 mil de hipotecarios (no Mivivienda) y hasta de S/50 mil de vehiculares, tendrán
el beneficio.
También
figurarán las mypes que hasta el 31 de
agosto, no hayan superado los S/ 20 mil en créditos. Además, sustenta que los
créditos garantizados son los de consumo,
personales, hipotecarios, vehiculares y los mypes.
El
profesor de Pacifico Business School,
Jorge Carrillo Acosta, en diálogo
con diario Correo mencionó “el beneficio
que otorga la norma es a quienes, hasta el 29 de febrero del 2020 eran
considerados como buen pagador, es decir, tenían calificación normal (8 días de
retraso), o CPP (cliente con problemas potenciales) por retrasos de pago de
entre 9 y 30 días”.
Por
último, para la reprogramación de los
créditos será desde un plazo mínimo de seis meses y un máximo de 36 meses, incluyendo
el período de gracia. Además, las
personas naturales y mypes deberán presentar documentación verídica, de
suceder lo contrario serán excluidos.
J.M.P