El Ejecutivo oficializó la ley que determina los requisitos para el acceso a la reprogramación de deudas mediante el Programa de Garantías COVID-19. Sin embargo, los beneficios se pueden extinguir en caso se presente documentación falsa.
La
reprogramación de créditos cuenta con garantía del Gobierno y los beneficios
otorgados pueden extinguirse automáticamente en caso se presenten
documentaciones falsas e inexactas. (Foto: IPE)
Este
jueves, el Gobierno
oficializó la Ley Nº 31050 que establece disposiciones extraordinarias
para la reprogramación y congelamiento de deudas, con el objetivo de aliviar la economía de las personas naturales
y mypes a consecuencia de la pandemia. Esta mañana fue publicada en el
Diario Oficial El Peruano y además, los beneficios de esta norma se extinguen si se presentan documentación falsa.
Como
se sabe, la reprogramación de pago de
créditos beneficiara a ciudadanos y pequeños microempresarios que, se
vieron afectados económicamente debido al estado de emergencia por el
coronavirus. El proceso se hará mediante el Programa de Garantías COVID-19 que, creará el Gobierno Central.
Asimismo,
la mencionada ley refiere que la
reprogramación de créditos está respaldada por una garantía otorgada por parte
del Gobierno Nacional. La misma incluye las obligaciones crediticias con
las empresas del sistema financiero (ESF), pero antes se deberá verificar si al 29 de febrero de 2020, los
beneficiarios registren una calificación de riesgo normal o con problema
potencial, en los siguientes créditos:
·
Créditos de consumo.
·
Créditos personales.
·
Créditos hipotecarios para vivienda.
·
Créditos vehiculares.
·
Créditos mypes.
Además, menciona que el Gobierno deberá de crear el Programa de
Garantías COVID-19, para el acceso a la reprogramación de créditos de consumo, personales, hipotecarios para
vivienda, vehiculares y mypes. También se indica que, los beneficios
otorgados pueden extinguirse automáticamente en caso se presenten documentaciones falsas e inexactas.
Finalmente, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)
a través de la Dirección General del
Tesoro Público, para otorgar la garantía del Gobierno a las carteras
reprogramadas de deudas que cumplen con las condiciones y requisitos para
acceder al Programa de Garantías
COVID-19 hasta por la suma de S/ 5,500 millones, sostiene Gestión.
J.M.P